Se confirma la privatización de Teno y Anaga: cotos privados de pesca

El Jueves, día 24 de Septiembre, tuvo lugar en la Casa del Vino de el Sauzal, la primera jornada en la que el Cabildo de Tenerife celebraba unas jornadas sobre sus «reservas marinas. Se le iba explicar a los ciudadanos como les iba a limitar sus derechos para ir al mar a capturar pescado para autoabastecimiento usando una excusa ecológica y medioambiental.

Por parte de la pesca recreativa acudieron ACAPER y PROYPESCA, a las que agradecemos enormemente su presencia y defensa de la pesca de recreo, mientras que por la parte de ACPESUR fuimos vetados pese a solicitar asistencia mediante reiterados correos electrónicos para solicitar invitación. Parece que vetan a los colectivos que difieren de sus opiniones para tener unas jornadas sin voces críticas para poder vender el falso consenso y la unidad.

Decía un científico en esta primera jornada que esta «reserva» no era un coto privado porque en los cotos privados se paga… Pues bien, esto no es así, en los cotos privados los dueños no pagan, y es como se está actuando: Se está asignando un título de propiedad, privatizando un dominio público de manera fraudulenta, y más con las motivaciones que se utilizan.
PESCA SUBMARINA Y JIGGING:
Prohiben la pesca submarina y el jigging para proteger los grandes reproductores pero para los profesionales no existirá ninguna limitación sobre los mismos. ¿No se puede poner la especie poniendo una talla máxima para todos o lo que se busca es privatizar esos grandes? Solo los profesionales los pueden pescar y si tú los quieres los tienes que comprar.
No se explican las limitaciones con estudios científicos, la pesca submarina se encuentra excluida en su totalidad junto con otras actividades como el jigging o la pesca nocturna de caña en base a opiniones subjetivas o las clásicas presiones lobbistas a las que estamos acostumbrados en la legislación pesquera.
También el carrete eléctrico, diseñado para personas mayores o con dificultades motrices, queda prohibido.
PESCA DESDE EMBARCACIÓN:
La pesca de barco queda restringida a unas pequeñas zonas con días autorizados (para callar bocas) y ni siquiera han hecho un estudio para evaluar el tremendo impacto económico que tendrá la implantación de la reserva para las empresas de la náutica y la pesca recreativa. Dice que no saben la cantidad de personas y dinero que mueve pero tampoco se han molestado en estimarlo en base a las licencias de caña y currican de superficie que existen. ¿Todos los equipos electrónicos tipo sonda y GPS para pescar lo querrán para volar cometas? ¡No se puede tapar el sol con un dedo! Obviamente no lo han calculado porque saben que el número no les va a sonreir. Quieren obviar la tributación que se realiza por cada transacción de los materiales de pesca recreativa (desde el 9% de IGIC).
CAÑA DE ORILLA:
Los cañeros de orilla tendrán zonas y días aparte de limitar la actividad a la pesca de diurna, no escaparán de las restricciones de la pesca de recreo, mientras les venden que podrán practicar la pesca en la reserva, pero con mucha letra pequeña. Un auténtico timo para que acepten una limitación de sus derechos mientras los profesionales seguirán disfrutando todos los días en toda su extensión, porque ojo… donde llaman «reserva integral» que es menos del 20%, los profesionales seguirán entrando a pescar con algunos artes.
Pero la hecatombe de las noticias la guardaba el técnico del cabildo cuando afirmó sin ningún pudor que la nasa para peces estaría autorizada en la reserva. De los pocos artes de pesca profesional en Canarias que se elimina de todas las reservas tendrá cabida en las reservas que plantea el Cabilido de Tenerife a través de la consejería de Javier Parrilla. Un arte que diversos estudios han señalado como poco selectiva y generadora de muchos descartes, un arte de pesca que incluso algunas islas de Canarias han ELIMINADO POR COMPLETO DE SU LITORAL, pues señores… en las «reservas marinas» del Cabildo de Tenerife se permitirá la nasa para peces… INCREÍBLE.
En resumidas cuentas, usarán el término reserva para explusar a los pescadores recreativos en la mayor medida posible que le aguanten los argumentos mientras los profesionales echan hasta nasas en su coto privado sin ningún límite de captura. Una vergüenza total para las reservas y una falta de respeto para el colectivo recreativo.

El colectivo recreativo, más de 30.000 tinerfeños, deben hacer valer su derecho a capturar pescado fresco, un alimento básico cuyo consumo recomienta la OMS, que según la legislación vigente es público y de todos de pleno derecho, y que el Cabildo de Tenerife quiere que paguen.

 

DEFIENDE TU DERECHO

 

 

El Cabildo de Tenerife privatiza los recursos públicos

 El pasado Viernes tuvo lugar en Tenerife una reunión sobre las «reservas marinas» con representantes del cabildo de Tenerife, liderados por el consejero de pesca Javier Parrilla, con las principales asociaciones de pesca recreativa de ámbito regional: ASENPER, ACAPER, PROYPESCA y ACPESUR.
Las «reservas marinas» de interés pesquero disimulan con su nombre conservacionista la creación de cotos privados para que los profesionales exploten los recursos públicos de manera exclusiva sin límites de captura y todo esto financiado por nuestro propio dinero. Si la idea de la misma fuera con un fin conservacionista, donde primara la sostenibilidad y el medio ambiente, no se podría pescar en toda su extensión. La realidad es otra muy distinta, la pesca profesional se puede practicar sin límite de capturas en más del 80% de esta supuesta «reserva» mientras se limita el acceso al ciudadano de a pie que va a coger pescado para autoconsumo de manera recreativa en más del 70%.
La pesca recreativa es importantísima en la soberanía alimentaria canaria y más ahora con la crisis que se avecina. No tiene distinción en esta definición si el pescado se paga o se captura por uno mismo. ¿La sostenibilidad de la reserva se basa en pagar por el pescado que se capture allí? Se seguirá extrayendo sin límite el pescado en las zonas delimitadas y nos seguiirán mintiendo en la cara intentando manipular la verdad hablando de ecología.
La mejor manera de verlo es con los mapas asociados de las actividades:

 

Las asociaciones recreativas solicitaronla creación de reservas, reservas de verdad, sin letra pequeña ni matices: Reservas integrales en toda su extensión donde no se pueda ejercer ninguna actividad extractiva  y sirva de zona de reclutamiento y desarrollo de todo tipo de especies del caladero insular.
Detrás de la definición de «reserva marina» se enmascara la creación de un COTO PRIVADO DE PESCA. Al limitar la pesca de recreo, las empresas de náutica y pesca recreativa verán mermados sus ingresos de manera significativa y cientos de familias se pondrán en peligro mientras una minoría disfrutarán del recurso en exclusiva. ¿Se creen que las marinas y las tiendas moverán el mismo dinero tras limitarles su negocio por ley?
Debemos recordar que las empresas de náutica y pesca recreativa dan de comer a muchas familias y sus ingresos se van a ver reducidos drásticamente en estos tiempos y sumados a la pandemia mundial y la bajada del turismo pueden hacer que muchos cierren sus puertas,con todo lo que aportan a la sociedad, tanto por servicios como por impuestos. ¿Hay familias de primera y familias de segunda?
En esta reunión el cabildo reconoce que en todas las modificaciónes reguladas, donde se permiten y prohiben actividades, no se han tenido en cuenta criterios científicos.  Se han hecho normas en base a presiones lobbistas e intereses económicos privados. Los pescadores recreativos deben saber que  no podrán pescar, y en los casos en los que ocasionalmente puedan serán en días y zonas concretas, sin estudios asociados. La pesca de caña de orilla solo podrá tres días en semana o prohiben el jigging, toda pesca norcturna quedará prohibida.
Se permitiran nasas de camarón o tambores de morena, para capturar ilimitados kilos mientras nosotros no podremos ir a coger 5 kilos para comer… ¿Este cuento es el sostenible?
La documentación asociada a estos cotos privados del cabildo de tenerife la tenemos AQUí

 

El concepto de reserva debería llevar aparejado un nivel de protección de los recursos donde la máxima debe ser siempre la conservación de las especies que lo habitan. A la vista está que se manipula el nombre a conciencia para, con fondos públicos (más de un millón de euros de nuestros impuestos), se organice una privatización  de este mar de todos que pasará a manos de unos pocos para poder hacer negocios y cercenar el libre derecho de ir a pescar para autoconsumo de los ciudadanos de la isla de Tenerife.
En la isla de Tenerife los emisarios incontrolados se cuentan por decenas, afectando directamente a la biomasa, a la salud y a la pesca. ¿No sería lo recomendable invertir este dinero en el verdadero bien común?
Ahora la consejeria de pesca entra en una  campaña  social para que el ciudadano acepte que permitiendo que algunos sigan pescando sin límites dentro de la reserva se considere que es una medida medioambiental para la conservación y regeneración de los recursos…

 

El cabildo organiza unas jornadas de divulgación de las reservas invitando a las organizaciones que le interesa, limitando el derecho de participación ciudadana que exige la ley para hacer las normativas.

La ACPESUR ha escrito al CAbildo de Tenerife solicitando estar en dichas jornadas, tal y como recoge la legislación vigente. Hay que recordar que somo mil socios representados  en este colectivo que quiere ver defendido su derecho de libre acceso al mar para practicar la pesca de recreo.

En resumen, bajo  el falso mensaje de sostenibilidad medio ambiental te quitan un derecho,  dedican los  recursos públicos para hacer un coto privado y te obligan a pagar por el pescado, que según el artículo 610 del código civil no tiene dueño. Para colmo lo hacen con tu dinero y te lo venden como que lo hacen por tu bien, sin estudios que lo amparen y condenando a muchas empresas que viven de ello. Para finalizar no está demás recordar el segundo punto del artículo 132 de la constitución española:

«Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental»

No te dejes engañar, di no a la privatización y los cotos privados, pide reservas de verdad

 

 

Alegaciones para la modificación del RD 341/2011

Por fin el MAPA se decide a modificar el reglamento de aguas exteriores, reglado en el RD 347/2011.  Es importante que todos los pescadores recreativos aleguen para conseguir una normativa más justa y poder disfrutar de nuestra actividad de pleno derecho, al menos en las aguas exteriores de nuestra nación.

La ACPESUR ha decidido colaborar creando un modelo de alegaciones para que todos podamos ejercer nuestro derecho a alegar sobre la consulta pública para el nuevo real decreto que regule las aguas de competencia nacional.

¡¡¡COLABORA!!!

Para ello tendremos copiar el siguiente texto, modificando nuestros datos en el primer párrafo, y enviándolo luego por email a calnacpm@mapa.es, poniendo en el asunto «Alegaciones al proyecto de real decreto de pesca marítima de recreo»

 

D. ——, ciudadano español, residente en la comunidad autónoma de ————, mayor de edad, con D.N.I ———, con dirección de correo electrónico a efectos de notificación————, en relación a CONSULTA PUBLICA SOBRE EL PROYECTO DE REAL DECRETO QUE REGULA LA PESCA MARITIMA DE RECREO EN AGUAS EXTERIORES:

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, con carácter previo a la elaboración del texto a modificar el Real Decreto 347/2011, de 1 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores, esta parte quiere EXPONER las siguientes consideraciones a tener en cuenta en la elaboración del texto:
FINALIDAD DE LA NORMA.
La finalidad de la modificación o aprobación de una nueva norma es la de subsanar los posibles defectos que debido al tiempo transcurrido se han podido constatar en la normativa preexistente que se pretende modificar o adaptar a la nueva realidad, así como la regulación de nuevas situaciones que de manera generalizada se están dando en el ejercicio de esta actividad, es decir la adaptación en este caso de la norma a la realidad actual, introduciéndose en caso de ser necesario nuevos conceptos, como en este caso, y a la vista de las dudas suscitadas durante la desescalada del pasado mes de Mayo de 2020 como consecuencia de la declaración del estado de alarma provocado por la pandemia Sars-Covid19, se hace necesario definir claramente lo que debe entenderse como pesca marítima de recreo.
La pesca recreativa en España es practicada por 863.000 ciudadanos, teniendo aparejado consigo una aportación al PIB, mediante el pago de impuestos, más que significativa, y sirviendo para que esos 863.000 ciudadanos se alimenten de pescado fresco a bajo coste.
PRIMERO.- Es imprescindible adecuar la definición de pesca recreativa a la realidad de las regiones costeras de España, y sobre todo a las islas de los archipiélagos de Canarias y Baleares. La definición actual relega a un papel menor la importancia primordial de la actividad, que es obtener peces para alimentarse. La pesca recreativa es un pilar de contribución a la soberanía alimentaria de los núcleos familiares de los practicantes de la actividad, pudiendo estos tener y acceder a una alimentación sana y equilibrada a un coste asequible a todos los bolsillos, gracias al ejercicio de la pesca recreativa. Por tanto la definición de pesca recreativa debería ser actualizada definiéndose en lo sucesivo como PESCA RECREATIVA Y DE AUTOCONSUMO.
SEGUNDO.- Derogación de la Disposición Adicional IV Del Real Decreto 347/2011, la cual fija para el caladero del archipiélago canario la aplicación del  RD 2133/1986. Resultando que el RD 2133/1986 establece la zonificación para la práctica de la pesca submarina, (art.2) así como el establecimiento del volumen máximo de capturas para la pesca de superficie a 4 kg (art.5),  sin que conste en la elaboración de dicha norma justificación científica que sirva de amparo para el establecimiento de una limitación tan grave de los derechos de los pescadores canarios en relación con el resto del territorio nacional,  o con el resto de modalidades, el expediente de elaboración del Decreto no contiene elementos justificativos, cuando ello era necesario para apreciar la concurrencia o no de razones que avalen la radical exclusión adoptada, sino de la decisiva eliminación de la actividad en determinadas zonas, y como consecuencia de la derogación interesada se proceda igualmente a derogar dejando sin efecto la Orden  de 22 de febrero de 1988 por la que se establecen zonas acotadas en aguas exteriores del archipiélago canario donde se permite la práctica de la pesca deportiva submarina.
Consta respuesta escrita del MAPAMA en la que se manifiesta de manera expresa la falta de justificación de la limitación adoptada y que la misma estaba en proceso de subsanación, dicha respuesta puede ser consultada en caso de ser necesario en el siguiente link:
http://asociacioncanariapescadoressubmarinosresponsables.com/documents/com-mis.pdf
TERCERO.-Sustituir el artículo de especies autorizadas por un artículo de especies prohibidas, siempre bajo la recomendación de informes científicos y estableciendo las mismas prohibiciones para la pesca profesional, ya que como el propio capítulo define, se debe a medidas de protección y conservación.
CUARTO.-Establecimiento de tallas mínimas a la madurez sexual para cada caladero, y siendo común estas tallas para flota comercial y pesca recreativa, todo ello fundamentado en que el recurso es público y que los pescadores recreativos tienen volumen máximo de capturas diario.
QUINTO.-Para tener en cuenta el error vencible del ser humano a la hora de estipular el peso conjunto de sus capturas, y debido a que este no puede superar los 5 kg, se debería introducir que una de las piezas capturadas pueda no ser computada a la hora de realizarse el pesaje en el momento de la inspección.
SEXTO.-Incluir talla máxima para las especies vulnerables de los diferentes caladeros, debiendo ser comunes esas tallas máximas de captura de especies vulnerables para flota comercial y pesca recreativa. Esta medida tiene como finalidad evitar la captura de los grandes reproductores de las especies a las que afecte.
SÉPTIMO.-Necesidad de creación de una Subdirección de Pesca Recreativa, la cual tendrá como finalidad resolver los problemas del sector e impulsar la actividad, la cual contribuye de manera directa a la soberanía alimentaria de las regiones costeras de España, y de sobre todo, de los archipiélagos de Canarias y Baleares. Es de sentido común que una actividad que practican en España casi 1 millón de personas, de la que dependen miles de empleos, pagando cuantiosos impuestos, además de un importante atractivo turístico, tenga en el MAPAMA su propio estamento que vele por sus intereses que en muchos casos suponen un conflicto directo con los intereses del sector profesional.
Esta Subdirección debería mantener reuniones periódicas con las Asociaciones de pesca recreativa y las Asociaciones de Empresas con actividad económica vinculada a la pesca recreativa, del mismo modo que sucede en la actualidad con el sector de la pesca comercial.
OCTAVO.-Debería constar en la norma que la pesca recreativa de cada caladero pudiese capturar atún rojo en las fechas en que la flota comercial tiene autorizada su captura, y la asignación de cuota para la flora recreativa debe ser individualizada para cada caladero y en un porcentaje de la asignada a la flota comercial de ese caladero en cuestión, esto generaría un aumento de la actividad económica en el sector
NOVENO.-En muchas ocasiones los lugares frecuentados por flota comercial y recreativa son los mismos, teniendo en cuenta que  el mar es un lugar público, y por extensión los caladeros, con el fin de evitar conflictos sobre preferencias de pesca de una embarcación profesional con respecto a una recreativa, la norma que debería aplicarse es que el primero en llegar es el que tiene preferencia.
DÉCIMO.-Debería incluirse la definición de pesca deportiva, debiendo ir su definición en la siguiente línea: pesca deportiva es la pesca recreativa que se practica con ocasión o finalidad de la competición deportiva.
DECIMO PRIMERO.- Se debe aclarar lo dispuesto en el RD 347/2011 en los artículos 8, 9 y 13 en el texto que comparten de «*debiendo cumplir la normativa establecida por la administración en cuyo litoral se realice la actividad.*» genera confusión en cuanto a que no se especifica que se debe cumplir de la norma de cada CCAA en aguas interiores, si es en relación a licencias o a que hace referencia.  
DECIMO SEGUNDO.- Existe una clara contradicción entre la disposición adicional cuarta del RD 347/2011 y la disposición transitoria única que deja a la interpretación de cada cual, cual es el criterio que se aplica en Canarias si la orden del 26 de febrero 1999 o el RD 2133/1986, en cuanto a captura y aspectos técnicos de los artes de pesca recreativa, toda vez que este último RD 2133/1986 contiene al igual que la orden de 26 de febrero de 1999 regulación en cuanto a la captura y aspectos técnicos de las artes de pesca recreativa.
Por un lado la Disposición Adicional Cuarta establece:
<< Será aplicable el Real Decreto 2133/1986, de 19 de septiembre, por el que se establecen las normas a que deberá ajustarse la pesca marítima de recreo en aguas del mar territorial español correspondiente al archipiélago canario, en todo lo que no se oponga al presente real decreto.>>.-
Por otro lado la Disposición transitoria única:

<< En tanto no se aprueben las normas de desarrollo a que se refiere el artículo 5 del presente real decreto, sobre los límites máximos de captura para cada zona de pesca y otras consideraciones técnicas, continuarán en vigor las disposiciones relativas a los topes máximos de capturas y tallas mínimas contenidas en la Orden de 26 de febrero de 1999, por la que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo.>>.-

 

Nueva reunión con el Viceconsejero y el Director General de pesca.

El pasado 27 de julio la ACPESUR volvió a mantener una reunión con representantes de la consejería de pesca,  que se realizó de forma telemática y a la que asistieron por parte de la Administración el Viceconsejero (D. Alvaro de la Barcena) y el Director General de Pesca (D. Carmelo Dorta).
La reunión constaba de varios puntos para el orden del día, pero no fue posible abordar más que el primer punto.
  1. Derogación de las zonas de pesca submarina y nuevo estudio de la ULL
  2. ¿Necesidad de un director general de pesca recreativa?
  3. Reunión con todo el colectivo recreativo
  4. Control del furtivismo
  5. Medidas de protección para el medio
El director general de pesca reniega de los 5 estudios científicos realizados donde se analizan datos sobre pesca submarina en Canarias, alguno pagado por la propia consejería, sobre el impacto de la actividad, pese a que la administración tiene una normativa sin amparo científico, ya que la orden de 2007 no tiene en su elaboración estudio alguno de impacto de la actividad. Se ignora la aportación de un nuevo estudio que utiliza los censos visuales comparativos entre zonas sin pesca submarina y zonas de pesca submarina, no habiendo diferencia significativa entre ambas ( Universidad de La Laguna) y constatando además que hay más biomasa y los peces son de mayor talla en las zonas donde se practica pesca submarina.
Los censos visuales son una herramienta muy usada para evaluar impactos y contar biomasa. Tenemos 2 estudios de censos visuales hechos tanto por la ULL como por la ULPGC (Castro-Hernández et al., 2018) que concluyen con que la pesca submarina es una actividad que no tiene más impacto que el resto, y son descartados por el director general. Esta figura entre sus responsabilidades, según reza el Decreto 110/2018 del 23 de julio, «debe dirigir, impulsar y coordinar la pesca marítima», tanto profesional como recreativa, sin preferencias entre ellas, evidentemente cada una con sus métodos.
Aparte de esto tenemos las colaboraciones con el IEO, tanto en pesca ordinaria como en pesca de competición (Martín Sosa et al., 2018, Martín Sosa 2019), donde se alcanzan las mismas conclusiones, todo ello ignorado a su vez por el director general y lo mismo sucede con el que realiza el CSIC de la mano de  (Gordoa et al., 2019). Esta situación deja en evidencia la posible necesidad de un director general de pesca recreativa, que defienda los intereses del colectivo y pueda hacer frente a las presiones que se puedan ejercer desde otros colectivos.
Como todos ya sabemos a estas alturas, la zonificación no fue puesta por justificaciones científicas y es mantenida por una mera cuestión de presión. La falta de imparcialidad y el desprecio al interés general y el derecho de los pescadores recreativos en general, y submarinos en particular es algo preocupante en el director general de pesca. Debemos recordad que con la crisis que se nos viene la pesca de recreo es una fuente de alimento para la población, auténtica soberatía alimentaria, tal y como plantea defender la actual consejería de agricultura y pesca del Gobierno de Canarias y esto lo refrenda el actual aumento de licencias respecto a años anteriores.
Se manifiesta incidencia sobre grandes reproductores por los que estamos limitados por las condiciones físicas y en volumen de capturas, mientras esos grandes reproductores son capturados por los que no tienen límite de capturas y por los demás recreativos. Una excusa bastante mala si además tenemos en cuenta que no hay en el caladero canario vedas en periodo reproductivo para ninguna especie. Tampoco es algo de lo que extrañarnos viendo que hay muchas especies sin talla mínima y algunas de las que la tienen, la tienen establecida por debajo de su madurez sexual. También existen estudios que afirman que muchas especies de peces, como por ejemplo los meros, cuando se hacen grandes salen de la orilla y buscan la profundidad, esa profundidad a la que el pescador submarino está limitado por sus cualidades físicas y donde no afecta.
Como remate de la reunión el director señaló la posible incidencia de la pesca submarina sobre el ¿¿sargo?? cosa que realmente nos hace pensar que hay un interés oculto contra nuestra actividad por el director.  Nunca desde la consejería se ha definido un programa de protección de esta especie ni se ha visto en ningún catálogo de especies vulnerables, pareciendo que goza de buena salud. La IUCN la clasifica con Least Concern (Especie de baja preocupación), por lo que entendemos que es una especie objetivo bastante aceptable. Algo que refuerza este argumento es que en en el último estudio de pesca submarina del IEO (Martín Sosa et al., 2019) se le asigna al sargo un índice de vulnerabilidad intrínseco de 35 (poca vulnerabilidad), ya que las circunstancias locales de la especie pueden hacer modificar este índice por los científicos para cada caladero. Parece que se cogen los datos y cuando se analizan se intentan buscar los tres pies al gato para encontrar algo negativo aunque carezca de toda lógica.
Ya se demostró en su momento el año pasado que,viendo que la restricción para el jigging en aguas exteriores carecía de toda lógica, dicha restricción fue eliminada. Además en las disposiciones generales de dicha norma cita textualmente: «son selectivos para la captura de peces mayores, evitando la captura de juveniles y de peces de pequeña talla» cosa que es aplicable al 200% en la pesca submarina.
Por parte del viceconsejero se plantea la posibilidad de usar el foro de las RUP para poder buscar una normativa única, ya que en el resto de las RUP no existe zonificación, la pesca submarina se hace con cupos por especies y tiene una regulación bien definida y mucho más justa, pero hay que valorar que lo trámites europeos son muy lentos y sería una solución probablemente a largo plazo.
La problemática de la zonificación se ciñe a una cuestión de voluntad (querer devolvernos nuestro derecho) y presión (hay radicales que se consideran en la atribución de restringir derechos a otros ciudadanos). Necesitamos apelar a la justicia de este gobierno, que los legisladores cumplan con el compromiso que aceptaron cuando juraron el cargo y restablezcan los derechos haciendo caso a todos los informes científicos presentados.

¿Por qué no se tramita mi licencia de pesca recreativa?

En estos dias nos escriben numerosos socios para quejarse de los plazos para poder renovar las licencias de pesca recreativa. En islas como Tenerife la cita previa puede obtenerse hasta con más de dos meses de plazo respecto a dia de la solicitud, las condiciones en Gran Canaria no son mucho mejores y son unas condiciones INACEPTABLES. La tramitación online va más rápido, pese a que tarda aproximadamente una semana, pero no todo el mundo está preparado para esta revolución virtual.

En otras comunidades autónomas se ha aplazado unos meses la suspensión de los plazos para las licencias de pesca recreativa, como es el caso de Andalucía que vemos a continuación:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/112/36

Pero en Canarias la Consejería de Agricultura y Pesca no parece tener ningún interés en proteger los derechos e intereses de la pesca recreativa, con la importancia que esta tiene.

Queremos una vez más recalcar el importantísimo aporte a la soberanía alimentaria de la pesca de recreo en Canarias, que estimamos sobre el 8% en base al número de licencias existentes. En estos tiempos de crisis sanitaria, el facilitar a las personas el acceder a pescado fresco de manera económica  y segura debe ser una prioridad para el gobierno y sin embargo parece que se ponen palos en las ruedas de los recreativos. Necesitamos una representación adecuada en la consejería con un director general de pesca de recreo que defienda los intereses de aproximadamente 100.000 pescadores que aportan numerosos ingresos a las arcas públicas.

Desde aquí queremos pedir a la Consejería de Agricultura y Pesca que acelere los trámites para la gestión de las licencias para los canarios y mientras tanto no se alcance la nueva normalidad, se suspendan los plazos para que no se sancione a los pescadores recreativos al ir  buscar alimento a la costa para sus familias o pasar un rato diferente para despejar la mente.

Para los que manchan el nombre de la pesca submarina y para los que los usan para atacarla

Con la autorización de la práctica de la pesca recreativa en la Fase I todos hemos tenido la suerte de poder disfrutar del mar y sus capturas, volviendo a comer pescado fresco sin tener que pagarlo o sin «tirar de congelador». Es un gran beneficio hacer pesca recreativa, tanto para el cuerpo, por los manjares y la actividad física, como para la mente, que después de una larga reclusión necesitaba volver al mar.

 

Se suceden noticias de que pescadores de todos los colectivos (recreativos y profesionales) incumplen la normativa pesquera y son expedientados y sancionados. Esto es positivo en general porque se demuestra que existe vigilancia y, si esta es uniforme, el mar será custodiado. Este mar del que hablamos es un bien público del que todos nos alimentamos y donde disfrutamos, por lo que es bueno para todos.
En lo relativo a la pesca submarina, no podemos callar una surrealista cuestión: el pescador submarino es infractor donde los demás no lo son, todo ello fruto de una arbitraria normativa que fue impuesta por la presión de un lobby hace 34 años, que hoy en día sigue presionando para que no se derogue e incluso siguen pretendiendo un aumento de las restricciones con los mismos criterios que en 1986.
Nos molestan aquellos que incumplen la normativa pesquera y van incluso más allá, no teniendo reparo en desobedecer o enfrentarse a los encargados de hacer cumplir la ley. Nos molestan los excesos de cupo o las prácticas fraudulentas que se pudieran llevar a cabo tipificadas en los diferentes reglamentos… pero nos molesta tanto esa desobediencia a esas normativa pesquera, como la arbitraria existencia de zonas de pesca submarina, porque las arbitrariedades son despreciables.
Queremos dejar en evidencia que a raíz de estas acciones, que evidentemente condenamos, se está detectando que, por parte de algunos colectivos e incluso instituciones, se intenta hacer un paralelismo subliminal de comportamientos entre esos sujetos y los algo más de 6.000 pescadores submarinos, vilipendiando el buen nombre de nuestra actividad. Hacer eso es disparar con pólvora mojada, sobre todo cuando esto no está sucediendo frente a las otras acciones que se detectan de otros colectivos. Recordemos que práctica de la actividad está avalada por la FAO como la más sostenible, donde se captura la presa seleccionada sin descarte, donde el radio de acción está limitado por la capacidad física del pescador y diferentes estudios señalan que no tiene más impacto que el resto de artes que se utilizan en nuestro caladero… ¿Quién puede cumplir mejor la normativa que quién ve lo que hace?

Desde ACPESUR nos reafirmamos en en condenar los actos que vulneran la ley, y de la misma manera condenamos  aquellos que instan al incumplimiento de la propia normativa, bien  pidiendo el troceado de especies protegidas, haciendo transbordo de atunes rojos, manipulando y falsificando papeles en las embarcaciones o incumpliendo lo dispuesto en el decreto que regula la primera venta, así como la imprecisa cumplimentación de las notas de dicho procedimiento para evitar el fraude entre otras cosas. Creemos que todos estos actos deben ser perseguidos con la misma eficacia, además de ser publicitadas de manera igualitaria.

Seguimos reivindicando abiertamente el derecho que tienen los pescadores submarinos a pescar donde pescan los demás y seguiremos trabajando para que se produzca la restitución de este derecho, tal y como sucede en el resto del territorio nacional.

Para los que manchan la imagen de la pesca submarina con sus actos y para los que usan estos hechos para atacarla, les decimos que para los primeros se aplique la ley con contundencia y para los otros que no se puede tapar el sol con un dedo.

Dediquemos unos aplausos

 

Es conocido por la mayoría que el día 5 de Junio es el día Mundial del Medio Ambiente, pero lo que quizás no conozcan todos es que hoy es el Día Internacional de la Lucha contra la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR). Queremos aprovechar esta fecha señalada para dedicar unos aplausos.

Aplausos para aquellos que han estado durante el confinamiento haciendo su trabajo de vigilancia y control sobre las actividades extractivas del mar.

 

Desde ACPESUR queremos dedicar nuestro aplauso para aquellos que han velado porque la utilización del recurso público durante el covid-19, se hiciese ajustándose a lo establecido para el uso de artes, profundidad, balizamiento, etc…
Los 97.000 pescadores recreativos canarios hemos tenido que estar durante el confinamiento “tirando” de lo que había en nuestros congeladores, los cuales quedaron vacíos después de casi 70 días sin poder pescar.
La vuelta a la actividad del sector recreativo en el recurso público ha sido motivo de alegría, donde muchos practicantes pudieron volver a disfrutar de capturar unos pescados y disfrutarlos con la familia, siempre desde la absoluta responsabilidad.
Gracias a los encargados de hacer cumplir la ley que durante el periodo de confinamiento siguieron ejerciendo su labor, y que ahora harán lo propio con los desaprensivos que accedan al recurso público.

Los pescadores submarinos canarios padecemos una arbitraria normativa que nos confina al 20% de la costa, haciendo que lo que para unos ciudadanos es ejercer su derecho de acceso al recurso público, para los pescadores submarinos suponga una infracción. Seguiremos trabajando desde ACPESUR para que esto deje de ser así y que todos los ciudadanos seamos iguales ante la ley.

Por fin la pesca de recreo autorizada en FASE 1

La pesca recreativa, una actividad física no profesional individual que se practica al aire libre y que se dejó fuera de la fase 0… Y de la fase 1! Sin ningún argumento sanitario para ello…

No sabemos porqué y probablemente nadie nos lo dirá, pero el trabajo incansable de los pescadores recreativos se multiplicó… correos, entrevistas de radio, llamadas telefónicas, comunicados y redes sociales para buscar enmendar el error cometido y conseguir una modificación de la orden del Ministerio de Sanidad.

No eran pocos los argumentos, tras la publicación del estudio del agua salada del CSIC, las desinfecciones de la luz UV, las autorizaciónes agrícolas y ganaderas, la necesidad de comer pescado o el resto de actividades físicas individuales:

FALTABA LA PESCA

Haber eliminado este derecho unió más al colectivo, un gigante dormido a punto de despertar, casi un millón de personas en toda España a las que, tras movilizarse, le tuvieron que reconocer su derecho.

Ayer salió publicado en el BOE que la pesca recreativa se retomará mañana, 18 de Mayo, en las actividades incluidas en la fase 1. Al estar en un capítulo independiente al deporte entendemos que no tiene el mismo control horario que el resto de actividades deportivas (tampoco nos incluyeron con el resto en las órdenes anteriores, por lo que parece que el trato diferenciado está más que justificado).

Desde aquí queremos felicitar y agradecer a todos nuestros socios y al resto de recreativos y colectivos implicados, y pedirles que recuerden estos momentos. Ahora toca disfrutar con precaución y poder salir a buscar pescado fresco mientras disfrutamos de ese mar de todos.

No olvidemos estos momentos muy rápido, sabemos que el futuro es incierto, hay demasiados intereses merodeando los derechos de los recreativos y ya sabemos que si no exigimos podemos quedarnos sin ellos.

 

También queremos agradecer enormemente a un conjunto de personas que por su posición e implicación por arreglar este problema no podemos ignorar, políticos de todos los partidos han contactado con nosotros y se han planteado desde PNLs hasta notas de prensa, a todos ellos muchas gracias, gracias por dar un paso al frente, esperamos que no sea a un lado en el futuro y encontremos siempre el apoyo prestado para poder defender un derecho que nunca puede ser vulnerado.

 

 

 

La pesca recreativa se une a nivel nacional

Ante la sorprendente y confusa publicación del BOE de fecha 09 de Mayo, donde se anunciaba la Fase I de desescalada y la NO inclusión en dicha fase la pesca deportiva, ACPESUR y el resto de Asociaciones/Federaciones de pesca recreativa y deportiva, las cuales mantienen una comunicación frecuente, comenzaron a trabajar.

En el comunicado final, fruto del trabajo y aportación de todos, con la premisa de defender los derechos de sus representados, pone varias cuestiones sobre la mesa.
Es muy importante incidir en que estos agravios contra la pesca de recreo se producen por no tener un ente representativo en el Ministerio de Agricultura y Pesca, por lo que se demanda una secretaría de estado para atender al casi millón de practicantes a nivel nacional.
¡La ACPESUR, una vez más, defendiendo los derechos de todos los recreativos!

Se requiere una aclaración precisa sobre la pesca recreativa, y la práctica de la misma, ya que jurídicamente la pesca recreativa está autorizada, si bien todos somos conscientes de que coloquialmente se suele confundir ambas variantes, y que esto genera inseguridad jurídica en los ciudadanos.

Sí se puede hacer pesca recreativa

Desde esta asociación hicimos una interpretación hace unos días de las normas publicadas por el gobierno donde reconocíamos que se podía practica la pesca de recreo. Esto provocó mucha confusión porque otros colectivos no lo entendían así y hubo interpretaciones para todos los gustos…

Hemos intentado defender a la pesca de recreo, en todas sus modalidades, y hemos intentado desde todos los frentes que el estado se pronuncie y confirme este asunto, para que no dependa de hechos subjetivos hasta que al final lo hemos conseguido:

CORREO_SANIDAD

En el enlace arriba citado lo confirma: SÍ SE PUEDE PESCAR. La pesca de recreo, como actividad física individual no profesional al aire libre está permitida desde el día 2 de Mayo, respetando el resto de restricciones marcadas.

Tenemos que agradecer a todos los miembros de esta asociación y a todos los pescadores de recreo en general el apoyo mostrado en las redes por defender nuestro derecho y representación, lo cual nos ayuda en la búsqueda del reconocimiento de nuestros derechos como colectivo.

 

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